El Consejo General del IEE Sonora, aprobó en sesión extraordinaria, la asignación de regidurías étnicas en 19 municipios donde se encuentran asentadas comunidades indígenas, para el período 2018-2021
Hermosillo, Sonora.- El Consejo General del IEE Sonora, aprobó en sesión extraordinaria, la asignación de regidurías étnicas en 19 municipios donde se encuentran asentadas comunidades indígenas, para el período 2018-2021.
Con base a información proporcionada por la Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas (CEDIS) las etnias reconocidas en Sonora son: Mayos, en Huatabampo, Etchojoa, Navojoa y Benito Juárez; Yaquis en Guaymas, Bácum, San Ignacio Río Muerto y Cajeme; Seris en Hermosillo y Pitiquito; Guarijíos, en Álamos y Quiriego. Pimas en Yécora; Pápagos en Plutarco Elías Calles, Puerto Peñasco, Caborca y Altar; Cucapá, en San Luis Río Colorado y Kikapú en Bacerac
En términos de los dispuesto por los artículos 121 fracción XXIII, 172 y 173 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Sonora (LIPEES), este Instituto tiene por designadas como regidoras y regidores étnicos propietarios y suplentes, de acuerdo al procedimiento realizado por las autoridades tradicionales de los Ayuntamientos de Álamos, Bacerac, Bácum, Cajeme, Guaymas, Hermosillo, Pitiquito y Quiriego, a las siguientes personas.
En la sesión pública de este día, ante la presencia por primera vez de representantes de las diferentes comunidades indígenas asentadas en el estado, se aprobó el procedimiento de insaculación a través del cual fueron designados por el Consejo General, a las personas propuestas por las autoridades de las comunidades indígenas correspondientes.
Cabe destacar que un total de 13 mujeres fueron designadas como regidoras propietarias y suplentes en igual número de ayuntamientos. Las y los regidores étnicos que fueron elegidos en apego a lo señalado en al artículo 173 fracción I de la LIPEES.
En la sesión, fueron otorgadas las constancias correspondientes a las y los Regidores Étnicos propietarios y suplentes, designados por las autoridades indígenas, y se notificará a los ayuntamientos respectivos para que rindan la protesta constitucional.

